Declaración responsable del sistema informático de facturación
Artículo 13 del Real Decreto 1007/2023 y artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024 · pendiente de suscribir para esta versión
Sistema informático
- Nombre: Gestión@
- Código identificador: GA
- Versión: 1.0
Componentes y funcionalidades
Aplicación web (servicio en la nube) desarrollada con Next.js y React sobre Node.js, con base de datos PostgreSQL, alojada en un servidor virtual dedicado; se usa desde el navegador, sin instalar nada en el equipo del usuario. La conexión con la AEAT se hace desde el servidor con el certificado electrónico del obligado tributario.
- Expedición de facturas completas, simplificadas y rectificativas, con su numeración por series.
- Generación de un registro de facturación de alta por cada factura expedida y de anulación al anularla, encadenados mediante huella SHA-256 (registros inalterables: la base de datos impide modificarlos o borrarlos).
- Código QR y leyenda «VERI*FACTU» en cada factura.
- Remisión automática de los registros a la AEAT por el servicio web oficial, con control de flujo, reintentos, conservación de las respuestas y subsanación de los registros rechazados.
- Comprobación de la integridad de la cadena de registros y descarga del XML oficial de cada registro.
Modalidad de uso
- Solo puede funcionar como sistema VERI*FACTU: sí.
- Permite su uso por varios obligados tributarios: sí (cada empresa tiene su propia instalación, su propia cadena de registros y su certificado).
- Permite su uso por varios usuarios para un mismo obligado: sí.
- Tipos de firma: No aplica: el sistema solo funciona como VERI*FACTU (los registros se remiten a la AEAT y no requieren firma electrónica).
Productor del sistema
- Razón social: Antonio Lamela Nuñez
- NIF: 34049136M
- Dirección postal de contacto: CL Padules Nº6, Local, 04713 Balanegra, Almeria
- Correo electrónico: gestiona@monyca.net
Declaración
Antonio Lamela Nuñez, como productor del sistema informático de facturación Gestión@ (código GA, versión 1.0), declara bajo su responsabilidad que dicho sistema cumple lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, que desarrolla sus especificaciones técnicas, funcionales y de contenido.
Pendiente de suscribir: fecha y lugar.